Concejales aprobaron Categoría Social y suspensión de ordenanza
Por unanimidad el Concejo Deliberante de Rawson aprobó la creación de la “Categoría Social” -en la Cooperativa de Servicios Públicos Consumo y Vivienda Rawson limitada-, destinada a jubilados, pensionados, personas con discapacidad y en situación de vulnerabilidad social…” reza el artículo primero de la norma y suspendió, “por el término de sesenta (60) días corridos, a partir del 1º de septiembre del corriente año, la aplicación de la Ordenanza N° 9281”, referida al último incremento de tarifas aprobado por el Concejo a principio del mes de septiembre.
El proyecto fue presentado en la Hora de Preferencia de la décimo quinta sesión desarrollada este miércoles 1ro de octubre a partir de una propuesta elaborada por todos los bloques políticos, fundamentado en el recinto por el concejal Juan Flores Revillot en cuanto a la necesidad de atender a los sectores más vulnerables frente a los altos incrementos que ha trasladado Nación al valor de la energía.
Debate tenso
La sesión tuvo un trámite normal, pero bajo un clima de marcada tensión por la presencia de quienes impulsaban a los gritos la derogación de la ordenanza, que finalmente fue suspendida en sus efectos. Por cada intervención del oficialismo se produjo el cruce de expresiones de abucheo y chicanas, lo que obligó en varias ocasiones al presidente Dulio Monti a solicitar que se respete a los oradores, para poder escuchar sus fundamentos.
La edil libertaria Ester Luque quiso despegarse de la situación del aumento tarifario y desde el oficialismo le respondió su par Karina Barneche tildando su accionar de demagógico y le enrostró que en todo lo que lleva de gestión solo ha presentado un proyecto
Por su parte el concejal Federico González desde Unión por la Patria, hizo consideraciones sobre las razones que lo llevaron a no acompañar en su momento el proyecto y señaló como responsable de la tensa situación que provocó este tema en la sociedad, tanto a la intervención de la Cooperativa como al Juez Federal, a quien dijo
haberle señalado esto en ocasión de la reunión que hubo con el magistrado el resto de los concejales y la intervención de la entidad.
Se mostró favorable a la suspensión de la última ordenanza tarifaria y consideró muy acertado avanzar en una categoría que contemple a quienes hoy no pueden afrontar los valores actuales de al energía, considerando que es un gesto de justicia social.
Unánime apoyo
Puesto a consideración por el presidente la iniciativa las diez manos se levantaron aprobando la nuva categoría de usuarios y la suspensión que aparece en el artículo 8º.
Servicios Básicos
La letra de la ordenanza aprobada establece que, “la nueva categoría tendrá por finalidad garantizar el acceso a los servicios básicos de energía, agua y cloaca, mediante un régimen especial de subsidio tarifario administrado por la Cooperativa de Servicios Públicos, Consumo y Vivienda Rawson Ltda”, expresa el artículo segundo.
Beneficios
Prosiguiendo en el artículo tercero se establece, “un descuento del cincuenta por ciento (50%) en las tarifas vigentes de:
a) Energía eléctrica, hasta un tope de trescientos kilovatios (300 kWh) mensuales.
b) Agua potable, sobre el básico de 25 m³ mensuales.
c) Cloaca, servicio básico.
Y el artículo cuarto determina que, “el beneficio será de carácter personal, exclusivo y no retroactivo, aplicándose a medida que los beneficiarios cumplimenten los requisitos exigidos”.
Requisitos
Para acceder a la Categoría Social, los beneficiarios deberán:
a) Ser usuario del servicio con residencia en el mismo domicilio.
b) Ser titulares de un único medidor.
c) Acreditar su condición de jubilado, pensionado o persona con vulnerabilidad social.
d) Presentar declaración jurada que demuestre que no perciben, ellos ni su grupo familiar, ingresos superiores a dos (2) salarios
mínimo, vital y móvil, más el adicional por zona desfavorable equivalente al 40% sobre dicho salario.
e) No poseer facturas vencidas adeudadas, condición que se verificará considerando únicamente las deudas anteriores al 1 de agosto del año en curso.
f) Presentar fotocopia de recibo de haberes o Certificación Negativa de ANSES y Documento Nacional de Identidad.
Disposiciones Transitorias
Finalmente, en el artículo 8º se resuelve, “suspéndase por el término de sesenta (60) días corridos, a partir del 1 de septiembre del corriente año, la aplicación de la Ordenanza N° 9281”.