Femicidios.
En el mes de noviembre se conmemora el “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”. En ese marco, desde la OM-OVG dependiente del STJCH, se propone compartir en el transcurso del mes, con quienes operan en el Poder Judicial y con la comunidad en su conjunto, datos estadísticos, proyectos, informes y herramientas elaboradas por la oficina, anhelando que dichos aportes contribuyan a la visibilización de lo que denominamos la otra pandemia, “la violencia contra las mujeres”, a fin de que puedan promoverse acciones tenientes a su eliminación.

En esta oportunidad se da inicio a la difusión de información con una infografía actualizada de los femicidios acaecidos en la Provincia, como la expresión más brutal de la violencia contra las mujeres.

Posteriormente, se dará a conocer el Proyecto de Monitoreo e Infografía de aquellas víctimas -muchas veces invisibilizadas- de la violencia femicida, como lo son las hijas e hijos de las mujeres asesinadas.

Compartiremos, también el Informe de Impacto del Programa Permanente de Capacitación Obligatoria en Género – POG/Ley Micaela-, con las primeras conclusiones de la experiencia de formación institucional en materia de género.

Finalmente, a un año de su puesta en funcionamiento, se presentará una actualización del Observatorio de Decisiones Judiciales con Perspectiva de Género, junto a una breve síntesis de pronunciamientos judiciales que siguen los estándares internacionales de Derechos Humanos y perspectiva de género.

Femicidios en la Provincia de Chubut
El término femicidio fue desarrollado con el objetivo de hacer notar los motivos de género detrás de las muertes de las mujeres a manos de los hombres. Entre ellos, están los intentos de controlar sus vidas, sus cuerpos y/o su sexualidad, al punto de castigar con la muerte a aquellas que no aceptan este sometimiento.
La Ley 26.791, que incorpora como agravante el femicidio, fue sancionada en el año 2012, incorporando el inc. 11 al Art. 80 del Código Penal de la Nación, así sanciona con prisión o reclusión perpetua al que matare: “A una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”. Surge del debate de la versión taquigráfica de la sesión legislativa en la que se debatió la modificación del Código Penal para incluir el agravante, que la judicatura debería hacer un gran esfuerzo para mirar los hechos de la realidad de otra manera y que las sentencias no se dirigían solo a los sentenciados, sino que también constituían mensajes para toda la sociedad. Dicha votación fue unánime. En la actualidad, puede afirmarse que el Poder Judicial de Chubut ha dado un paso cualitativo en ese “mirar de otra manera” que pudiera interpretarse como una mirada con perspectiva de género en los hechos de femicidios en los que interviene.