Jorge Atilio Vicente Carrasco fue impuesto con seis meses de prisión preventiva, por la resolución del Juez Fabio Monti, quien consideró que existión tentativa de homicidio. Además se dispuso la apertura de investigación, rechazando la posibilidad que el imputado pueda permanecer en un centro de detención, con salida laboral.

El hecho

El 10 de junio cerca de las 3 la pareja se hallaba en el domicilio de la calle Vespucio Norte, y luego de beber unas cuatro botellas de cerveza Carrasco le pidió a la mujer que le diera dinero para comprar bebidas, oponiéndose ya que solo contaba con unos ahorros previstos para alimentar a los hijos. Cabe destacar que cuentan con cuatro niños que no superan los tres años, siendo dos de ellos mellizos nacidos hace unos seis meses.

Ante la negativa, el hombre de 33 años la golpeó con sus puños, y ya en el piso, la tomó a patadas contra su humanidad, encontrándose la víctima indefensa solo cubriéndose la cara con sus manos. Los golpes fueron efectuados con tal ensañamiento y violencia que le produjo traumatismos graves en tórax y abdomen. La mujer terminó desvanecida, y posteriormente Carrasco tomó el dinero y se alejó del lugar.

De acuerdo al relato fiscal, en algún momento ella reacciona y se acuesta junto a sus hijos, pero al poco tiempo despierta muy descompuesta y vomitando sangre, procediendo entonces a dar aviso a la policía. Luego es atendida y tiene la posibilidad de efectuar la denuncia correspondiente en la comisaría de la mujer, lo que permite la detención del imputado.

El doctor Nápoli señaló que se detuvo a Carrasco el día sábado utilizando las facultades del artículo 217 del código procesal penal, haciendo actuar a la brigada de investigaciones y tras esto notificar la situación al Juez interviniente. Indicó que había tres calificaciones que se podrían evaluar para imponer en este caso, siendo estas la de lesiones gravísimas, el robo calificado y la que consideró la mas adecuada para la situación que es tentativa de homicidio. Resaltó las formas utilizadas con puntapiés en diferentes partes del cuerpo, llegándole a reventar el vaso, que debió ser extirpado en una intervención quirúrgica, inducida a permanecer en estado de coma.

Violencia de género

También informó que hacía minutos había hablado con el médico responsable, quien aseveró que venía evolucionando bien, aunque su vida aún corre serios riesgos. Para el fiscal la violencia utilizada fue para intentar terminar con la vida de una persona, observando su condición de mujer, enmarcando el hecho en lo que declara la convención Belén do Pará de violencia de género. En este sentido expuso sobre la diferencia física notable, ejerciéndose una violencia sexista, de género, y como tal debe ser tenida en cuenta, aunque advirtió el déficit de parte del Estado para ocuparse de estas temáticas, quedando las víctimas desamparadas. La mujer pudo no haberse despertado y solo se salvó por la atención médica.

Solicitó la prisión preventiva por el tiempo que dure la investigación, dando cuenta de la gravedad de lo sucedido, con los argumentos sobre el peligro de fuga y el entorpecimiento, encontrando probable la autoría, fundamentalmente con la denuncia de la víctima, quien alcanzó a relatar como fueron los sucesos. Manifestó que hubo cuatro denuncias anteriores por hechos similares, aunque sin llegarse a estos extremos violentos, dos de ellas de 2017, una de 2016 y una realizada en 2013, las cuales fueron archivadas o desestimadas, pero alguna de ellas también había sido retirada por la misma afectada

Defensa

Si bien la defensa se opuso a la calificación, dando a entender que el móvil de todo había sido la obtención del dinero, sin la intención de querer matar. Explicó que no puede tratarse por eso de una tentativa de homicidio y sí de lesiones graves, para argumentar también que su cliente es portero en una escuela de Trelew y tiene fuertes vínculos con sus hijos, hablando sobre la imposibilidad que quiera fugarse. Propuso que no se haga lugar a la medida de coerción, ya que podía neutralizarse con una estadía en un centro de detención y permitirle acudir al trabajo, con el fin de la mantención de sus niños.

Resolución

El Juez Fabio Monti encontró razonables las argumentaciones del Ministerio Público Fiscal al resolver la apertura de investigación y aceptar como calificación la tentativa de homicidio. Aseveró que se trata de un hecho gravísimo, con multiplicidad de lesiones y donde está presente la cuestión de género, a la vez de afirmar que la muerte no ha ocurrido solo por circunstancias ajenas a la voluntad del imputado, ya que solo la intervención médica logró mantenerla con vida.

Si bien comprendió la postura defensiva respecto a la situación de los menores, refirió que los mismos deben ser atendidos por el Estado, por lo que deberá actuar el Juzgado de familia y el servicio de protección de derechos, pero la gravedad del caso requiere que la medida sea la prisión preventiva en principio por el término de seis meses, al existir el peligro de fuga y también de entorpecimiento