En el encuentro judicial se determinó que existen elementos convincentes para la probable autoría de Jorgelina Domínguez como autora de homicidio y se confirmó la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar de Jorgelina Domínguez, dejando abierta la investigación por el término legal de seis meses.

Así lo determinó la Jueza Ana Laura Servent, a partir de la presentación efectuada durante la audiencia de control de detención por el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal general María Tolomei y el funcionario Enrique Kaltenmeier, donde se relataron los hechos que provocaran el deceso de la menor Candela González, de 13 años, en la plaza del barrio Luz y Fuerza de Trelew, determinándose la apertura de investigación y la prisión preventiva de Jorgelina Domínguez hasta la audiencia preliminar.

Hechos

De acuerdo al relato, el 29 de abril, cerca de las 17,15 en ese lugar, la víctima se encontró con dos amigas con el fin de acceder a un enfrentamiento o pelea que había sido fijado con otra persona a través de las redes sociales. Una de ellas, se retiró en una moto ya que debía llevar las compras que le habían encargado en su casa, no sin antes recomendar a Candela que no se prestara a esa situación, puesto que podría derivar en alguna acción violenta con la utilización de armas.

Posteriormente, llegó quien sería la contrincante de la pelea acordada, en un Peugeot 206 con vidrios polarizados, conducido por una persona que en un primer momento se sindicó como Jorge Omar Suarez, junto a su pareja Jorgelina Domínguez y otra adolescente. Todos bajaron del auto y se aproximaron al lugar donde estaba Candela, dando comienzo a la riña establecida. En un momento, cuando la menor asestó un golpe de puño en la cara de su rival, Jorgelina estando a muy corta distancia extrae un arma de fuego y le dispara impactando en la zona del hombro izquierdo.

Candela intenta defenderse tomándola del brazo con el arma a Jorgelina, levantándoselo para luego intentar huir, pero la agresora persevera en su intento homicida y le dispara por la espalda unas tres veces mas, impactando uno de los tiros en la cabeza de la menor, que cayó boca abajo quedando inmóvil. Mientras esto sucedía, el acompañante de la imputada tomaba de los pelos a la amiga de Candela, evitando que pudiera acudir en su ayuda, a la vez que Jorgelina expresó: “a esta igual la vamos a matar”, y le disparó en varias oportunidades sin llegar a impactar en su humanidad, tras lo cuál los integrantes del grupo visitante acceden al vehículo y se alejan raudamente del sitio.

Luego, la amiga de Candela que había acudido a su casa, regresa a la plaza encontrando a la chica en el piso, pero pudo observar al Peugeot, en tanto algunos vecinos daban aviso a la policía de lo sucedido. Candela González es derivada al hospital zonal, donde se produjo su deceso en la madrugada del sábado.

El Ministerio Público Fiscal calificó a los hechos como homicidio agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con tentativa de homicidio agravado por uso de arma, en cabeza de Jorgelina Domínguez como autora y Jorge Suárez como partícipe necesario, en el marco de los artículos 79, 41bis, 55 y 42 del código penal.


Detenciones y secuestros

A Jorgelina Domínguez se la detuvo cuando estaba tomando un remisse junto a su madre en la casa de esta última, mientras que se individualiza el Peugeot que estaba siendo conducido por Suárez en otro sector. Se autorizaron dos allanamientos, secuestrándose llamativamente unos 25 celulares en la casa donde se detuvo a la imputada, además de dos proyectiles calibres 22 y dos calibres 36. Por otro lado, en la vivienda donde Suárez vivía con su pareja, con quien tiene cuatro hijos, se halló y secuestró un revolver calibre 32 y siete cartuchos a bala pertenecientes al mismo. Las pericias deberán determinar si se trata del arma homicida.

Lo testimoniado por quienes acompañaron a Candela resultó ser fundamental, y sus dichos coinciden con declaraciones de dos vecinos que refieren acerca de la presencia del auto blanco, después de escuchar no menos de cinco detonaciones, coincidiendo los relatos recogidos en el lugar, sumándose como elementos que verifican la probabilidad de autoría.

Riesgos procesales

La fiscal general María Tolomei argumentó sobre el peligro de fuga, en el marco del artículo 221 inciso segundo del código procesal penal, versando sobre las características graves del hecho y la pena que se espera, mencionando que se produjo una muerte sin justificación alguna constituyendo un caso absurdo, irracional y violento, donde se dispara a una niña varias veces mientras intentaba huir. Se considera una escala que va de los 8 años y 8 meses a los 33 años y 4 meses, sumado a que si se toma el concurso real, el máximo a imponer podría llegar a ser de 44 años.

Para la fiscalía, Suárez es considerado partícipe necesario al trasladar a las personas al sitio y participar evitando que la amiga de la víctima pudiera defenderla, para procurar luego el ocultamiento de elementos vinculados a la causa, recordando que se encontró un arma y estaba conduciendo el vehículo presuntamente involucrado. También agregaron el entorpecimiento como riesgo procesal, ya que si actuaron con esa violencia, del mismo podrían influir sobre probables testigos.

Coartada y defensa

Sin embargo, Jorge Suárez habló en la audiencia para exponer su coartada, y precisar que se encontraba poniendo una cocina en casa de sus padres aquella tarde, cuando pasó Jorgelina y le pidió el auto. Mencionó que se fue junto a otras personas, una de las cuales sería sobrina de la imputada y también su novio, mostrando extrañeza que lo confundan con él porque es mucho mas flaco. Dijo que su pareja regresó cerca de las 17,40 dejando las llaves del Peugeot para irse en su auto, según expresó, un palio que no arrancaba bien. Manifestó que cuando terminó de trabajar en lo de sus padres, regresaba a su casa y es detenido por la policía, que verifica el auto y su documentación a nombre de Jorgelina Domínguez.

Ante esto, el defensor oficial Lisandro Benítez pidió morigerar la medida de coerción de su cliente, mientras que también para Jorgelina Domínguez solicitó se tenga en cuenta que es madre de menores, previéndose esta situación en el artículo 10 del código penal para imponer un arresto domiciliario.

La resolución

La Jueza Ana Laura Servent, indicó que ante las características graves del hecho no podía ser valorado esto último, y acordó con el Ministerio Público Fiscal la existencia de elementos de convicción suficientes para determinar la probable autoría de Jorgelina Domínguez. Expuso que existen diferencias con Jorge Suárez, a quien impuso el arresto domiciliario, al menos hasta la realización de una rueda de reconocimiento, aunque si se comprobara su participación le corresponderá la calificación informada por la fiscalía.

Confirmó la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar de Jorgelina Domínguez, dejando abierta la investigación por el término legal de seis meses, estando a cargo de la investigación la fiscal general María Tolomei.